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LAS PERSONAS LGBTIQ+ EN EL ÁMBITO LABORAL

  • Foto del escritor: Laboral Spd
    Laboral Spd
  • 4 jul 2020
  • 5 Min. de lectura

Por: Jannet Gabriela Mendoza Vicuña[1]


Con ocasión a los disturbios originados en Nueva York en el año 1969 en relación a la defensa de los derechos de las personas homosexuales, cada 28 de junio se celebra el Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+[2]. Al respecto, es necesario enfatizar el hecho que habiendo transcurrido 51 años, aún en la actualidad no se ha logrado eliminar la estigmatización, los prejuicios y la consecuente discriminación que padece diariamente ésta comunidad. Si bien es cierto, muchos países han demostrado avances notables en la protección de sus derechos humanos; en el Perú se denotan avances lentos, en especial en su rol como garante del respeto al principio de igualdad y no discriminación en el ámbito laboral.

En el año 2012, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) realizó un proyecto, denominado “Promoción de los derechos, la diversidad y la igualdad en el mundo del trabajo” (PRIDE). A pesar de no haber investigado en todos los países miembros, el principal objetivo de la OIT, era evidenciar las buenas prácticas que aplican determinados países y analizar las causas de la discriminación en el ámbito laboral por la orientación sexual y la identidad de género. Dentro de las conclusiones esbozadas por éste organismo, podemos extraer que es primordial la implementación de un diálogo social tripartito efectivo, leyes y políticas públicas fuertes en cuanto al fomento de la igualdad de las y los trabajadores LGBTIQ+, tanto en el ámbito público como en el privado. Todo ello, a fin de instaurar oportunidades laborales en lugares de trabajo con condiciones de igualdad, diversidad y respeto a la dignidad de todos sus trabajadores. [3]

Por su parte, el Director General de la OIT, Guy Ryder, en su declaración del 17 de mayo del 2019, resaltó que 80 países cuentan con leyes enfocadas en la prohibición de la discriminación por razones de la orientación sexual, identidad de género u otras que hagan referencia a la expresión de género. De éste modo se pretende propiciar la igualdad e inclusión de todas las personas en las sociedades, erradicando la discriminación, estigmatización, acoso y violencia en los lugares de trabajo. [4]

En relación a lo anterior, la Defensoría del Pueblo en el año 2016, emitió el Informe N° 175, “Derechos humanos de las personas LGBTI: Necesidad de una política pública para la igualdad en el Perú”. De cuyo contenido podemos destacar algunos problemas a los que se enfrenta la comunidad LGBTIQ+, tales como la discriminación laboral, la falta de reconocimiento de sus beneficios laborales, las limitaciones en el acceso a un empleo, actos de hostilidad, entre otros. Asimismo, hace referencia a la inexistencia de casos por discriminación basados en la orientación sexual e identidad de género, denunciados ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).[5]

Al respecto, tal como se menciona en el informe, no significa que no existan casos de ésta índole, sino que, al contrario, es posible que no se haya generado la debida promoción de los derechos laborales de las y los trabajadores de la comunidad LGBTIQ+. Así también, es probable que éste grupo haya perdido la confianza en las instituciones del estado y en consecuencia consideran en vano la presentación de una denuncia laboral o simplemente exista el temor a recibir malos tratos por parte de los servidores públicos. Lo cierto es que, existen múltiples razones que por la condición de vulnerabilidad en que se encuentran las personas LGBTIQ+, optan por mantener su trabajo en condiciones precarias que afectan su dignidad. Sin embargo, se debe tener en cuenta que, aunque no se encuentre expresamente regulada la discriminación por orientación sexual o identidad de género en los artículos de la Constitución o en las leyes en materia laboral e inspección laboral; si se pueden aplicar de manera extensiva ciertos artículos a fin de salvaguardar su derecho a un trato en igualdad sin discriminación.

Ahora bien, a propósito del Informe de la Defensoría del Pueblo, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), realizó en el año 2017 la primera Encuesta Virtual para las personas LGBTI. Desde luego, dicha encuesta representa un gran avance en cuanto a la data que se tiene de éste grupo en situación de vulnerabilidad. En relación al ámbito laboral, los resultados de dicha encuesta demuestran que el 56.5% del total de personas encuestadas, tiene temor a expresar su orientación sexual y/o identidad de género. Al respecto, se identificaron 3 principales motivos: a) El 72.5% temen ser víctimas de discriminación o ser agredidos; b) El 51.5% temen perder a su familia; y, c) El 44.7% temen perder su trabajo y que se les niegue oportunidades laborales. Aunado a ello, el 11.5% señaló haber sido víctima de discriminación en el trabajo; siendo que al 33.3% no les pagaron el monto que les prometieron, el 30.8% fue obligado a trabajar de día y noche y el 24.9% fue amenazado o agredido de manera física, verbal o sexual.[6]

Como se mencionó anteriormente, la encuesta realizada por el INEI denota que las personas LGBTIQ+ viven con temor, no perciben una protección a través de la fiscalización del cumplimiento de sus derechos laborales. Inclusive, en muchos casos tienen que ocultar su identidad de género y orientación sexual para poder obtener un puesto de trabajo y para evitar ser víctimas de violencia por parte de sus empleadores y sus compañeros de trabajo.

En definitiva, el estado peruano tiene un gran reto para el cumplimiento de su obligación de garantía de los derechos laborales de las personas de la comunidad LGBTIQ+, ya que, requieren de una especial protección por la discriminación histórica que han sufrido. Por lo tanto, es menester recalcar la necesidad de la implementación de políticas públicas firmes, orientadas no sólo a los empleadores, sino a los servidores públicos y a la población en general a fin de sensibilizar y erradicar la discriminación y la estigmatización que ocasionan discursos de odio y actos de violencia en todos los ámbitos en que intentan desarrollarse las personas LGBTIQ+.

[1] Bachiller en Derecho por la Universidad Católica de Santa María. Finalista en la Competencia Sergio García Ramírez (2018). Pasante del Observatorio del SIDH en el Instituto - de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Secigrista en la Corte Superior de Justicia de Arequipa (2019). Miembro de la Comisión de Derecho Laboral de la Sociedad Peruana de Derecho. Actualmente es practicante profesional en SUNAFIL – Arequipa. [2] LGBTIQ+: Siglas que representan a personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans, Intersexuales, Queer y otros. [3] OIT. (2012). Identidad de género y orientación sexual: Promoción de los derechos, la diversidad y la igualdad en el mundo del trabajo (PRIDE) – Proyecto. Recuperado de: https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---gender/documents/briefingnote/wcms_380831.pdf [4] OIT. (2019). Garantizar justicia y protección para los trabajadores LGBTI. Recuperado de: https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/how-the-ilo-works/ilo-director-general/statements-and-speeches/WCMS_702150/lang--es/index.htm [5] Defensoría del Pueblo. (2016). Informe N° 175. Derechos humanos de las personas LGBTI: Necesidad de una política pública para la igualdad en el Perú. Lima, Perú. Recuperado de: https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2018/05/Informe-175--Derechos-humanos-de-personas-LGBTI.pdf [6] Instituto Nacional de Estadística e Informática. (2018). Primera Encuesta Virtual para personas LGBTI, 2017 (Principales resultados). Lima, Perú. Recuperado de: https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/boletines/lgbti.pdf

 
 
 

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